Este documento establece las principales reglas y criterios para la aplicación de promociones y descuentos promovidos por la ESCiM.
El presente documento establece las principales reglas y criterios para la aplicación de promociones y descuentos de la Escuela Superior de Ciencias Musicales (ESCiM), con sede en Calzada de Cuesco #111, Col. Misiones de Cuesco C.P. 42064, Pachuca de Soto, Hidalgo.
Este documento entra en vigor a partir de su publicación el día 19 de abril del 2026 y permanecerá vigente hasta la emisión de una nueva versión. Se encontrará disponible en formato físico en las instalaciones de la ESCiM y en el portal oficial: www.escim.com.mx.
Art. 1. Se considera Descuento a las reducciones o anulaciones de montos a pagar que la administración de la ESCiM apruebe, siempre que se cumplan las condiciones especificadas.
Art. 2. Todos los descuentos y promociones deberán atenerse a las reglas descritas en el presente documento.
Art. 3. El descuento Horario Matutino se aplica a los talleres de Arte en formato Solista y de instrumento en formato Solista y Dueto.
Art. 4. El descuento Horario Matutino otorga un 30% de descuento en la mensualidad al alumno, siempre que la clase haya sido acordada en el Horario Especial.
Art. 5. El Horario Especial comprende de lunes a viernes, entre las 9:00 a.m. y 2:00 p.m.
Art. 6. El descuento solo aplica mientras la clase se mantenga en dicho horario. Si se modifica, el beneficio se pierde, aunque podrá recuperarse al volver a acordar una clase en horario especial.
Art. 7. Este descuento estará vigente durante todo el año.
Art. 8. El descuento no tendrá efectos retroactivos, ni siquiera dentro del mismo mes.
Art. 9. El descuento por Recomendación se aplicará a estudiantes inscritos en alguno de los siguientes servicios:
Art. 10. El Descuento por Recomendación otorga un 25% de descuento en la mensualidad consecuente del alumno que recomendó algún servicio a otra persona que aún no se encontraba inscrita a ningún servicio de la institución y, a partir de la recomendación, se integró a los siguientes servicios de la ESCiM:
El descuento procederá cuando el recomendado paga su inscripción, llena la ficha y realiza el pago de su primera mensualidad. (Excepto Curso de Verano Musical y Curso de Pascua Musical).
Art. 11. El alumno de nuevo ingreso deberá indicar expresamente quién lo recomendó.
Art. 12. El descuento solo podrá asignarse a la mensualidad de un solo alumno, si este está inscrito a más de un servicio el alumno podrá elegir el servicio sobre el que quiere aplicar el descuento.
Art. 13. Este beneficio es acumulable consigo mismo: un alumno podrá descontar hasta el 100% de una mensualidad si logra cuatro recomendaciones en el mismo mes calendario.
Art. 14. Recomendar a más de 4 personas siguiendo los artículos 10 y 11, no será motivo de algún tipo de reembolso, no se acumulará para futuros meses ni generará algún tipo de pago de la Institución hacia el alumno que realizó las recomendaciones.
Art. 15. Este descuento estará vigente durante todo el año y no será retroactivo ni duplicado.
Art. 16. Este descuento solo es acumulable consigo mismo y con el descuento por Horario Matutino.
Art. 17. Para alumnos de Licenciatura y Propedéutico con beca, el descuento se aplicará sobre el monto posterior a la beca, siempre que no existan adeudos y bajo las condiciones de la convocatoria correspondiente.
Art. 18. El descuento por Clase Muestra se aplica a los siguientes servicios:
Art. 19. Pagar una Clase Muestra otorga un descuento de $200 MXN, única y exclusivamente sobre el monto de la Inscripción.
Art. 20. El descuento no funcionará de manera retroactiva y es intransferible.
Art. 21. Este descuento es acumulable consigo mismo y otras promociones que no correspondan a la inscripción.
Art. 22. Es posible descontar hasta el 100% del costo de la inscripción, sin embargo, excederlo no es motivo de ningún tipo de descuento, acumulación, pago o transferencia.
Art. 23. El descuento por Pago Adelantado aplica a los servicios:
Art. 24. El Descuento por Pago Adelantado otorga un 5% de descuento al alumno que realiza, en una exhibición y durante el primer mes del ciclo escolar, el pago adelantado de todo el semestre, equivalente a 6 colegiaturas.
Art. 25. El monto por descontar se calculará sobre el monto después de la beca, si aplica, bajo las condiciones de la convocatoria de beca vigente.
Art. 26. Podrán aplicar a este descuento solo los alumnos que no tengan adeudos.
Art. 27. Solo se aplica este descuento sobre pagos para cubrir colegiaturas futuras, no para pagos sobre adeudos.
Art. 28. El descuento por Apartar Lugar aplicará en los siguientes servicios:
Art. 29. El descuento por Apartar Lugar otorga un porcentaje de descuento sobre el monto a pagar según el servicio y el periodo solicitado.
Art. 30. Para poder aplicar a este descuento, se deberá realizar un pago mínimo del 10% del monto del periodo solicitado.
Art. 31. Para poder aplicar a este descuento, el pago se deberá realizar antes de la fecha expresa en la difusión del mismo servicio.
Art. 32. Este descuento está limitado a uno por persona y es intransferible.
Art. 33. Este descuento solo es acumulable con el descuento por Hermanos.
Art. 34. El descuento de Fidelidad aplicará en los siguientes servicios:
Art. 35. El descuento de Fidelidad otorga un porcentaje de descuento sobre el monto a pagar según el servicio al alumno que alguna vez haya estado inscrito a cualquier servicio de la ESCiM. El porcentaje de descuento será comunicado en la difusión del servicio por los medios oficiales de la ESCiM.
Art. 36. El descuento de Fidelidad es intransferible y no retroactivo.
Art. 37. El descuento de Fidelidad no es acumulable con ningún otro descuento, a menos que el área de Mercadotecnia así lo señale.
Art. 38. El descuento de Hermanos aplicará en los siguientes servicios:
Art. 39. El descuento de Hermanos otorga un porcentaje de descuento sobre el monto a pagar según el servicio a aquellas personas que realicen las inscripciones de manera conjunta y expresen venir de alguna manera emparentados, no precisamente siendo hermanos pudiendo ser primos, vecinos, amigos, hermanastros, etc.
Art. 40. El descuento de Hermanos es intransferible y está limitado a uno por persona.
Art. 41. El descuento de Hermanos solo es acumulable con el descuento por Apartar Lugar.
Art. 42. Las Promociones de Temporada otorgarán el descuento sobre el servicio expreso en la publicación, a quienes cumplan con todas las condiciones dadas.
Art. 43. Las Promociones de Temporada solo podrán acumularse con los descuentos que así lo permitan.
Art. 44. Las Promociones de Temporada solo serán válidas en un periodo específico que deberá estar expreso en la misma publicación. En caso de no estarlo, este tendrá una vigencia máxima de 3 meses a partir de su publicación.
Art. 45. Las Promociones de Temporada están limitadas a una por persona y son intransferibles.
Art. 46. Para hacer efectiva una promoción o descuento el interesado deberá hacer referencia a este y mostrar el material promocional donde está expresa dicha promoción al momento de quererla hacer efectiva.
Art. 47. Las publicaciones donde se difunda un descuento o promoción deberán haber sido emitidas por la propia ESCiM en alguno de sus medios oficiales: redes sociales, correo electrónico, tablero de anuncios, publicidad pagada, etc.
Art. 48. La ESCiM no tendrá la obligación de aplicar descuentos o promociones sobre publicaciones que no reconozca.
Art. 49. Las promociones y descuentos promovidos por la ESCiM no tendrán efectos retroactivos.
Art. 50. Las promociones y descuentos descritos en este documento, así como los futuros, serán personales e intransferibles y no podrán compartirse con terceros.
Art. 51. Todas las controversias derivadas de la interpretación o aplicación de un descuento o promoción las solventará la Dirección de Mercadotecnia de la ESCiM, otorgando una resolución por escrito a las partes implicadas.
Art. 52. Cualquier situación no prevista en el presente documento las resolverá la Dirección de Mercadotecnia de la ESCiM.